30| Mayo de 2014 Mercadeo Si el vendedor o proveedor se abstiene de emitir una respuesta a su requerimiento, usted puede comunicarse con la SIC, a través de los siguientes medios: • Vía personal en la carrera 13 Nº 27-00, de Bogotá, o en las diferentes sedes de la institución ubicadas en su ciudad. • Llamando al teléfono 592 0400 en Bogotá, y en el resto del país a la línea gratuita 01 8000 910 165. • Escribiendo al correo electrónico contactenos@sic.gov.co • En la página web www.sic.gov.co, enlace ‘Demande aquí’. La SIC iniciará un proceso para establecer la responsabilidad del proveedor y las acciones por tomar. ¿PARA QUÉ TIPO DE COMPRAS APLICA? Este derecho se puede ejercer únicamente en cuatro modalidades de negocios: compras a distancia (internet, catálogos, teléfono o televisión), sistemas de ventas no tradicionales, venta de bienes y servicios mediante financiación del proveedor y venta de tiempos compartidos hoteleros. Aunque este derecho tiene grandes ventajas para el consumidor, no aplica para casos como la compra de loterías y apuestas, cuando se ha solicitado una obra o confección personalizada, o en la compra de bienes e insumos perecederos. DERECHO A RECLAMO O DEVOLUCIÓN Tenga en cuenta además que, cuando las compras se realicen mediante canales de comercio electrónico (internet, PSE, call center y mecanismos de televenta, entre otros) y los pagos se efectúen con tarjetas débito o crédito, usted tendrá todo el derecho a reclamar, reversar la operación y a que se le devuelva su dinero, en los siguientes casos: • Si considera que fue objeto de fraude. • Si se realizó una operación de pago no solicitada. • Si el producto comprado no fue entregado dentro del plazo anunciado por el proveedor. • Si el producto entregado no corresponde al solicitado. • Cuando el producto entregado se encuentre defectuoso. Y SI EL PROVEEDOR NO RESPONDE, ¿QUÉ LE PASA? Si el establecimiento que entrega un bien o servicio no le resuelve su solicitud y, por el contrario, le genera un daño como consumidor, podría ser sujeto, de acuerdo con el artículo 61 del Estatuto, de multas que pueden ir hasta los 2 mil SMLMV ($1.232.000.000 para 2014), así como de cierre temporal hasta por 180 días, y si hay reincidencia, se ordena el cierre total, sea del establecimiento físico o de un portal web de comercio electrónico. De la misma manera, esta ley contempla castigos para los consumidores que quieran hacer mal uso de estos derechos. Así, si se comprueba por vía judicial y administrativa que el cliente actuó de mala fe, la SIC podrá imponerle sanciones que lleguen hasta los 50 SMLMV. A la Superintendencia de Industria y Comercio es a donde hay que acudir cuando uno ve atropellados sus derechos como consumidor. Por la importancia que hoy en día revisten las tecnologías de la información y las comunicaciones, la ONU declaró en 2006 esta fecha para reconocer y celebrar el uso de internet, que cada día conecta a más personas facilitándoles la vida de manera significativa, y, sobre todo, que ha cambiado radicalmente el acontecer económico y comercial de todo el planeta. Según los datos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), actualmente el comercio electrónico representa el 2% del producto interno bruto (PIB) universal, mientras que, para América Latina, esta cifra es cercana al 0,5%. Por su parte, la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (CCCE) informó que las ventas por internet crecieron en nuestro país, en 2013, hasta 3 mil millones de dólares, lo que significa un 40% más que en 2012. Se estima que para 2015 este monto se doblará. “El mundo de los pagos por internet y de comercio electrónico tiene un gran aliado en los smartphones y tabletas, y hacia allá va la tendencia”, comentó Alberto Pardo, presidente de la CCCE. Sobre el tema, la especialista en mercadeo Paola Andrea Bastidas señaló: “Desde su negocio usted puede crear oportunidades para aprovechar al máximo la internet utilizando herramientas de muy fácil acceso y aplicación, tales como el correo electrónico directo, para recibir y atender pedidos de sus clientes; crear su página web, donde exponga sus productos y servicios, y pueda tener total interactividad con ellos; o abrir una cuenta en redes sociales”. 17 de mayo, Día Mundial de Internet
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