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20 | Octubre 2025 ACTUALIDAD Fotos: ©2025 SHUTTERSTOCKPHOTOS Ley 2475: derecho al olvido oncológico El cáncer es una de las enfermedades más desafiantes que enfrenta la humanidad, tanto por su impacto en la salud como por otras múltiples variables. Superarlo es un reto para millones de personas, quienes luego de esto comienzan un largo proceso de juzgamiento y rechazo. Ahora, la Ley 2475 los protege. El cáncer a menudo es percibido como un estigma en muchas sociedades, ya que se relaciona, principalmente, con el miedo a la patología y las tasas de mortalidad, pero a esto hay que agregarle que los pacientes tienen la percepción de ser menos aceptados socialmente, y que los otros tienen prejuicios contra ellos por su diagnóstico. Ese estigma social está marcado por estereotipos y discriminación hacia los pacientes, y los pone bajo una etiqueta que los excluye y afecta su calidad de vida y bienestar psicológico. Con este panorama, tener una segunda oportunidad después del cáncer es un reto para quienes vencieron la enfermedad. Teniendo en cuenta esta preocupante realidad, la legislación colombiana, consciente de la situación de muchos sobrevivientes, consagra ahora el derecho al olvido oncológico con una confiden- cialidad total y con el propósito de poner fin a la discriminación en, por ejemplo, la adquisición de seguros, créditos, empleo y estudios para esta población. ¿EN QUÉ CONSISTE? En primera instancia, cabe mencionar que la normatividad colombiana exigía a los sobrevivientes de cáncer informar de manera obligatoria a entidades, como las indicadas anteriormente, acerca del historial de la enfermedad, con la posibilidad de que esas organizaciones negaran los servicios o aumentaran sus tarifas debido a esta condición. Con ello, se configuraban barreras en la vida cotidiana de estas personas. Ahora, con la Ley 2475 del 2025, quienes han superado el cáncer no estarán obligados a declarar su diagnóstico para acceder a beneficios estudiantiles o financieros. De ahí que se configure el derecho de esta población a que su historial oncológico no sea usado en su contra, especialmente en ámbitos como el laboral, financiero, educativo y de salud. Así, la ley protege la confidencialidad de la historia clínica y prohíbe la marginación por antecedentes de cáncer.

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