revista-diciembre-2025

Febrero 2026 | 19 Coopidrogas los balances de las actividades de los Comités Regionales o Departamentales y de la gestión anual de las sedes regionales. Las Asambleas Regionales o Departamentales también tienen la finalidad de ser un espacio de acercamiento e integración al acontecer de la Cooperativa y de estrechar lazos de amistad y compañerismo entre los asociados que las conforman. Cabe recordar que en esta ocasión las asambleas son de carácter informativo, y en el 2027, como ocurre cada dos años, se encargan de elegir a los integrantes de los Comités Regionales o Departamentales, así como a los delegados que asistirán a las asambleas ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con el estatuto y el procedimiento establecido por el Consejo de Administración. En estos encuentros, se conocen también las propuestas e iniciativas de los Comités Regionales o Departamentales, al igual que las que exponen los asociados asistentes a la asamblea y aquellas que han sido producto de reuniones previas, para que sean analizadas por los órganos de administración o control a los que van dirigidas y, a su vez, estos presentan las respuestas a la Asamblea General de Delegados, las cuales serán publicadas posteriormente en la página web de la Cooperativa. LOS CONVOCADOS Los citados a las Asambleas Departamentales o Regionales serán los asociados hábiles, personas naturales o jurídicas inscritas en el registro social de Coopidrogas, que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al día en sus obligaciones con la Cooperativa, lo cual será verificado por la Junta de Vigilancia. ASISTIR: UN DERECHO Y UN DEBER Asistir a las Asambleas Departamentales o Regionales es tanto un derecho como un deber para todos los asociados. Así lo determinan los principios cooperativos en la ley y en el estatuto, que les permiten participar directamente y conocer los informes de gestión administrativa, contable y social de la Cooperativa del año anterior, además de las facultades mencionadas anteriormente. En ese sentido, se requiere de la presencia obligatoria de todos los miembros para que las decisiones sean tomadas por la mayoría, lo cual les da legitimidad. Por eso, quien no asista sin causa justificada debe pagar una multa de tres salarios diarios mínimos legales vigentes. Si la ausencia es reiterativa tendrá como consecuencia la apertura de procesos disciplinarios para la aplicación de sanciones más drásticas. OTRAS POSIBILIDADES Considerando el carácter informativo de las asambleas se podrá solicitar por escrito al Consejo de Administración una autorización para asistir a una reunión distinta a la cual fue convocado el asociado, siempre y cuando se haga con no menos de 10 días hábiles de anticipación a la fecha en la que se celebrará la reunión a la que desea ir, con una justificación de los motivos de la petición, como, por ejemplo: facilidad en desplazamientos, lugar de residencia, encontrarse transitoriamente en otra ciudad para la fecha de la celebración de la respectiva asamblea o por cualquier otra causa que lo fundamente. Este año, para facilitar la participación de los afiliados domiciliados en zonas alejadas del lugar de la reunión, se podrá participar de forma mixta (presencial y virtual) en algunas de las asambleas. Foto: COOPIDROGAS En este ENCUENTRO se conocen los INFORMES de gestión administrativa, contable y social del año ANTERIOR. Foto: ©2026 SHUTTERSTOCKPHOTOS

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