0255 Coopidrogas Abril 2025 - BAJA (1)

52 | Abril 2025 INNOVACIÓN & TECNOLOGÍA Fotos: ©2025 SHUTTERSTOCKPHOTOS ¿Ha oído hablar de la accesibilidad web? Se trata de un paso imprescindible para garantizar que todas las personas puedan acceder a la información disponible en internet, y también a los servicios en línea. Cumple una función especial en personas con algún tipo de discapacidad. La Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que 1 de cada 6 personas en el mundo tiene algún tipo de discapacidad importante (visual, auditiva, física y cognitiva) y acceder a la información adecuada en línea puede hacer la diferencia. Sitios bien diseñados, optimizados y con contenidos asequibles suponen un compromiso ético con la igualdad y la inclusión. Las cifras hablan de la necesidad de que la accesibilidad web se ponga en el centro de atención para mejorar la experiencia del usuario y ampliar la audiencia potencial del espacio virtual. El concepto de accesibilidad es aquella característica de la inforapoyo, como los programas lectores y magnificadores de pantalla, se rompe la barrera que la discapacidad les impone, con la ampliación, contrastes y otras ayudas visuales, de lectura mediante síntesis de voz artificial y comandos de teclado en los computadores o gestos táctiles en los dispositivos móviles”, explica Edwin Beltrán, coordinador de Accesibilidad del Instituto Nacional para Ciegos (INCI). La suma de características de accesibilidad a la información digital e impresa, más tecnologías como las mencionadas anteriormente, permite que personas con discapacidad visual accedan a los datos de trámites y servicios en los diferentes mación que permite a las personas hacer uso de esta independientemente de las condiciones tecnológicas, de discapacidad y ubicación geográfica, entre otros aspectos. Los criterios de accesibilidad se encuentran definidos en estándares estudiados formalmente y reconocidos a nivel mundial, estos son de uso obligatorio en Colombia para las entidades públicas y privadas que prestan servicios públicos, según lo establece la Ley 1712 del 2014 (de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional). “Por ejemplo, en el caso de las personas ciegas o con baja visión, mediante el uso de tecnologías de

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