Coopidrogas Febrero 2023

48 | Febrero 2023 NUESTRA COOPERATIVA Coopidrogas Foto: COOPIDROGAS ¡Participe! Llegó la hora de las Asambleas Departamentales o Regionales Como lo dispone el Estatuto, cada año los asociados de Coopidrogas tendrán el deber y el derecho de participar, entre febrero y marzo, en las Asambleas Departamentales o Regionales que, a partir del 2023, se realizarán con varias novedades. Este artículo informa sobre el contenido y la realización de estas importantes reuniones democráticas. Mediante la Resolución 069-22, el Consejo de Administración de la Cooperativa convocó a las Asambleas Departamentales o Regionales, las cuales se realizarán de manera presencial entre el 3 de febrero y 14 de marzo del 2023, con el objetivo de conocer una síntesis de los informes anuales de los órganos de administración y vigilancia, así como los estados financieros de la entidad; igualmente, se considerarán y aprobarán los informes de los Comités Regionales y Departamentales, se elegirán por dos años los delegados a las Asambleas Generales y se conformarán, por el mismo período, los mencionados comités. También se recibirán las recomendaciones y proposiciones que presenten, a la próxima Asamblea General, estos comités y los asociados que concurran a las Asambleas Regionales o Departamentales. Con los objetivos mencionados, se fortalecen estas asambleas como escenarios valiosos de participación y expresión democrática de los asociados, para que no solo se mantengan informados acerca del funcio- namiento, los resultados y decisiones trascendentales de la Cooperativa, sino también para nombrar a los líderes que como delegados integrarán los órganos de administración y vigilancia y pondrán enmarcha las recomendaciones de los asociados, con las cuales contribuyen a su crecimiento y consolidación. Actualizaciones y modificaciones de las asambleas regionales o departamentales En la última reforma del Estatuto se definieron claramente los dos tipos de asambleas en las cuales participan todos los asociados a la Cooperativa: las Asambleas Regionales, que corresponden a las constituidas por dos o más departamentos, zonas geográficas o con un grupo importante de municipios, y las denominadas Asambleas Departamentales, conformadas por un solo departamento o el Distrito Capital, sin perjuicio de que a ellas se anexen municipios contiguos. Su conformación y reglamentación le corresponde hacerla al Consejo de Administración, que con base en esta facultad expidió el Acuerdo 027 del 2022. Si por motivos de desplazamiento o por cualquier otra razón se les dificulta a los asociados asistir a las asambleas que fueron convocados, podrán solicitar ante la Junta de Vigilancia una autorización por escrito para concurrir a otra asamblea que les ofrezca mayor facilidad, pero en este caso pierde sus derechos electorales.

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